
03:36
La Conferencia de Centros y Departamentos de Traducción e Interpretación critica que en los procesos penales no se establezcan los traductores con criterios claros
La Conferencia de Centros y Departamentos de Traducción e Interpretación (CCDUTI), en la que está representada la Facultad de Traducción e Interpretación de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC), denuncia que la ley orgánica para la transposición de la Directiva 64/2010 sobre la traducción y la interpretación en los procesos penales, no determina la cualificación y requisitos de la persona del intérprete y/o traductor.
Las asociaciones profesionales de Traductores e Intérpretes y las Universidades defienden que la manera de establecer criterios de modo claro e inequívoco es realizar exámenes de acceso al nuevo registro profesional, tal como sucede en el caso de todos los registros de traductores e intérpretes jurados existentes en España, tanto el central como los autonómicos. La disposición final primera del proyecto de ley sigue sin establecer la obligatoriedad de que se organicen exámenes de certificación profesional objetivos, válidos y fiables para los candidatos que aspiren a formar parte del nuevo Registro Oficial de Traductores e Intérpretes Judiciales, “de modo que su calidad no queda garantizada”, según señalan en una nota de prensa.