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Servicios esenciales y acreditación de asistencia al puesto de trabajo con motivo de la convocatoria de huelga general para el día 8 de marzo
El Rector de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, y por delegación la Gerente Eulalia Gil, ha publicado la Resolución de 1 de marzo por la que se establecen los servicios esenciales a prestar por el personal con motivo de la convocatoria de huelga general para el día 8 de marzo.
CCOO ha convocado huelga general de 24 horas y UGT parcial de 2 horas, por lo que se han designado como servicios esenciales los siguientes:
- Servicio de Organización y Régimen Interno: 1 funcionario para la atención del Registro General para garantizar la recepción de la documentación, y 1 funcionario para garantizar el seguimiento de las incidencias que se produzcan en la jornada de huelga.
- Subdirección de Personal Docente: 1 funcionario para garantizar el seguimiento de las incidencias que se produzcan en la jornada de huelga.
- Servicio de Informática y Comunicaciones: 2 trabajadores, para garantizar la atención a las posibles incidencias que se produzcan en la jornada de huelga.
- Servicio de Obras e Instalaciones: 1 técnico de Mantenimiento.
Asimismo, se han dictado las instrucciones para acreditar la asistencia al puesto de trabajo en la citada jornada de huelga, tanto del personal docente e investigador como del de administración y servicios, en los siguientes términos:
1.- El personal de administración y servicios fichará la entrada y la salida de su jornada diaria laboral, y aquellos que deseen ejercer su derecho de huelga, ficharán la interrupción de la jornada, de salida al iniciar la huelga y de entrada al finalizar la misma, e igualmente de salida al finalizar su jornada laboral.
2.- El personal docente e investigador deberá acreditar su asistencia únicamente a través de MiULPGC: En el apartado “utilidades” mediante la pestaña "acreditar asistencia al trabajo”. Una vez que se accede a la misma y se pincha en la opción "acreditar”, la asistencia a la jornada completa queda registrada. Esta acreditación deberá realizarse desde un ordenador de la red de la Universidad, por lo que, si intentáramos hacerlo desde fuera de las instalaciones universitarias, no funcionaría dicha utilidad.
3.- El personal que se encuentre disfrutando de vacaciones, licencias, permisos, órdenes de servicio y otras situaciones debidamente autorizado o bien en situación de incapacidad temporal, obviamente no tendrá la obligación de acudir ni de acreditar la asistencia al puesto de trabajo.
4.- Se considerará que se encuentra en huelga todo el personal, cuya asistencia no quede debidamente acreditada, independientemente de que ese día se tenga asignada actividad docente o no.