El Rector de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC), Rafael Robaina, ha publicado dos Resoluciones con motivo de la convocatoria de una huelga en la enseñanza el día 9 de marzo. Una de las Resoluciones hace referencia a los servicios esenciales que se aseguran en la ULPGC y la otra Resolución se refiere a las instrucciones para acreditar la asistencia al puesto de trabajo, tanto del personal docente e investigador como del personal de administración y servicios.
Los servicios esenciales fijados son los siguientes:
- Registro General
- Administraciones de edificios, para garantizar la apertura y cierre de los edificios
- Animalario de Ciencias de la Salud y Edificio de Veterinaria, para asegurar la alimentación e higiene de los animales
- Servicio de Informática y Comunicaciones
- Subdirección de Personal Docente y de Organización y Régimen Interno, para garantizar el seguimiento de las incidencias que pudieran producirse en la jornada de huelga
Por lo que respecta a la acreditación de la asistencia al puesto de trabajo, se aplica tanto al personal docente e investigador como de administración y servicios, de acuerdo con los siguientes puntos:
1.-El Personal de Administración y Servicios fichará en los relojes de control horario ubicados en los edificios.
2.-El Personal Docente e Investigador y aquel de administración y servicios que no fiche a través del control señalado en el apartado anterior, dispondrá de dos opciones para acreditar su asistencia al puesto de trabajo:
- A través de MiULPGC: en el apartado de "utilidades" mediante la pestaña "acreditar asistencia al trabajo". Esta acreditación deberá realizarse desde un ordenador de la red de la Universidad, por lo que si se realizara desde fuera de las instalaciones universitarias, no funcionaría dicha utilidad.
- Alternativamente, también se podrá cumplimentar la hoja de firma en las conserjerías de los edificios donde habitualmente se hace.
3.- El personal que se encuentre disfrutando de vacaciones, licencias, permisos, órdenes de servicio y otras situaciones debidamente autorizado o bien en situación de incapacidad temporal, obviamente no tendrá la obligación de acudir ni de acreditar la asistencia al puesto de trabajo.
4.-Se considerará que se encuentra en huelga todo el personal, cuya asistencia no quede debidamente acreditada, independientemente de que ese día se tenga asignada actividad docente o no.
Por su parte el Vicerrector de Organización Académica y Profesorado, Luis Domínguez Boada, ha remitido al PDI una ampliación de las instrucción para la asistencia al puesto de trabajo, que se refieren a:
Las licencias que corresponde conceder a los Directores de los distintos Departamentos, deberán haberse remitido a la Subdirección de Personal Docente de acuerdo con el procedimiento establecido en el Reglamento de permisos y licencias.
- El Personal Docente a tiempo parcial que no tenga asignada docencia, ni tutoría el día 9 de marzo, no tendrá que acreditar la asistencia al puesto de trabajo.
- Todos aquellos Profesores/Investigadores que sean responsables de personal contratado con cargo a Proyectos de Investigación, Personal Investigador en Formación (becarios de Investigación en período de contrato) o Personal Técnico de Apoyo a la Investigación, deberán indicar a este personal contratado, que deben firmar en los libros de firma habilitados al efecto en las Administraciones de los distintos Edificios, debiendo si no aparecen en el mismo, anotar su nombre, firma e indicar su número de DNI.
En el caso de que dicho personal contratado esté realizando actividad fuera de esta Universidad, el profesor responsable deberá comunicarlo a la Subdirección de Personal Docente.