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La ULPGC modifica el requerimiento de contar con B1 de inglés para finalizar los Grados
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Esta medida sólo afecta a aquellos Grados que no imparten en su programa la asignatura de lengua inglesa
La Universidad de Las Palmas de Gran Canaria ha modificado el requerimiento de contar con un B1 de Inglés para finalizar los estudios de Grado, que sólo afecta a aquellos Grados que no imparten en su programa la asignatura de lengua inglesa. Los grados afectados son: Grado en Medicina, Grado en Veterinaria, Grado en Administración y Dirección de Empresas, Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, Grado en Derecho, Grado en Economía, Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos y Grado en Ciencias del Mar.
El Vicerrector de Titulaciones y Formación Permanente, Marcos Peñate, explica que las universidades canarias, en base al Decreto 168/2008, publicado en el Boletín Oficial de Canarias el 1 de agosto de 2008, están obligadas a ofertar el 5% de los créditos (12 en total) de todos los Grados en una lengua extranjera. Estos créditos pueden cursarse bien en asignaturas de la propia lengua inglesa o bien en diferentes asignaturas de los grados, que se imparten en inglés.
En la actualidad hay 27 grados que cuentan con asignaturas de lengua inglesa. Las asignaturas en cuestión tienen como objetivo que el estudiante alcance su nivel de B1 en inglés, que se le exige para poder obtener su título. Por lo tanto, el alumnado, al aprobar estas asignaturas, queda automáticamente acreditado en dicho nivel. Paralelamente, hay ocho titulaciones de Grado que, porque así se lo permite el Decreto, optaron por impartir ese 5% en inglés en asignaturas de otras materias. Es decir, son asignaturas que no son de inglés, pero que se imparten en inglés. Ninguna Universidad pública canaria, ni la Universidad de La Laguna ni la ULPGC, consideran que estas asignaturas acrediten el nivel del B1 de inglés.
A su vez,cuando se empiezan a impartir los Másteres oficiales en esta universidad, se constata que parte del alumnado no puede matricularse en ellos por no poseer la acreditación de nivel B1 en una lengua extranjera, exigencia obligatoria para cursar un Máster. Para intentar solventar este problema, se decide exigir esa acreditación antes de finalizar el Grado. Se pretendía con ello enviar un mensaje claro al alumnado: disponía de cuatro años para conseguir ese nivel. Sin embargo, esta medida no es secundada por otras universidades. La Universidad de Santiago de Compostela que decide recientemente implantar este modelo, recibe una sentencia de fecha 22 de marzo de 2018 en la que se establece que no se puede llevar adelante a menos que esté recogida en el verifica del grado (El plan de estudios oficial que se presenta a evaluación de ANECA). En definitiva, el alumnado deberá acreditar su nivel de B1 en una lengua extranjera para acceder a los másteres, pero no en los Grados. Por tanto, esta medida podía estar causando un claro perjuicio al alumnado y a la universidad, por lo que parece más que razonable que se haya decidido modificar el requerimiento.
El Vicerrector Marcos Peñate indica que con el plan de Política Lingüística que será presentado en el mes de septiembre, se van a iniciar una serie de medidas que vienen determinadas por la Conferencia de Rectores de Universidades Españolas (CRUE) para conseguir paulatinamente un nivel adecuado de internacionalización. Entre esas medidas, destaca la puesta en marcha del Centro de Recursos para el Aprendizaje Autónomo de Lenguas (CRAAL), que será el resultado de un proyecto realizado por un grupo de innovación educativa, en colaboración con la Biblioteca Universitaria y el propio Vicerrectorado. Con ello se pretende que el alumnado de la ULPGC pueda lograr niveles de lengua extranjera cercanos al B2.