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Trabajo de pie
Altura de plano de trabajo en posición de pie.
En toda tarea que implique trabajar de pie se debe adaptar el plano de trabajo en función del tipo de trabajo a realizar y la altura del propio trabajador.Se recomienda el uso de mesas regulables en altura en trabajos que por la dimensión de la pieza-equipo de trabajo y el trabajo a realizar no se adapte correctamente la tarea.
Según las recomendaciones del IBV ( Instituto Biomecánico de Valencia) y siguiendo la regla del codo:
1.Para tareas de precisión la altura del plano de trabajo debe ser de unos 5-10 cm por encima de la altura de los codos.
2.Para tareas de requerimiento normal (ligero) con nivel medio de fuerza y precisión y donde se manipulen objetos no muy pesados se suele tomar la altura de los codos menos 5-10 cm.
3.Para tareas muy pesadas que impliquen mover cargas o piezas pesadas la altura del plano de trabajo debe quedar 10-30 cm por debajo del codo así se emplea el peso de la parte superior del cuerpo y los músculos abdominales para aplicar la fuerza.
Se establecen estas otras recomendaciones para tareas en posición de pie:
Colocar un reposapiés de una altura comprendida entre 10 y 20 cm a fin de descansar los pies alternativamente.
Utilizar un asiento cuando el trabajo lo permita o realizar pausas si no se puede.
El zapato debe permitir mover con facilidad los dedos de los pies. Un calzado con la punta demasiado estrecha o chata causa fatiga y dolor. No llevar calzado con un tacón superior a los cinco centímetros de alto.
Trabajadoras en situación de embarazo.INSHT
Trabajos con bipedestación prolongada:
1.Durante el primer y segundo trimestre de embarazo se deberán establecer pausas de al menos 15 minutos cada cuatro horas de trabajo en bipedestación.
2.En el último trimestre, debe evitarse el mantenimiento de la postura de pie durante más de 30 minutos.
3.Disponer de reposapiés en los trabajos sentados y de pie.