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La ULPGC aprueba un Protocolo de Atención a la Diversidad de Género para atención al alumnado y personal trans
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La ULPGC cuenta con un nuevo Protocolo de Atención a la Diversidad de Género, aprobado en votación telemática por su Consejo de Gobierno. Este Protocolo tiene como objetivo fundamental garantizar el respeto y la protección de los derechos de identidad y expresión de género de las personas trans en el ámbito de la Universidad, de acuerdo con la legislación vigente en Canarias y España.
Así, tal y como recoge la Ley 2/2021 de Canarias, la ULPGC implementará las medidas oportunas para garantizar que las personas trans que integran la comunidad universitaria puedan ver su identidad de género y el nombre concorde a la misma que hayan elegido reflejados en la documentación administrativa interna. Para la solicitud de cambio de nombre de uso común, la persona solicitante deberá dirigirse a la persona responsable de la Unidad de Igualdad, indicando el estamento al que pertenece la persona que lo solicita y el nombre elegido como de uso común. De acuerdo con la normativa vigente en materia de protección de datos, la cumplimentación y firma de la solicitud implica la aceptación y consentimiento informado para proceder a los trámites oportunos. La Directora o Director de la Unidad de Igualdad resolverá en el plazo máximo de un mes, excluidos los períodos no lectivos o de vacaciones de la ULPGC, y lo comunicará directamente a la persona interesada, así como al resto de los servicios, centros y departamentos de la ULPGC que deban aplicarla. Contra la desestimación de la solicitud se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector.
Además, en los casos de rectificación del nombre registral, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/2007 nacional, el Protocolo establece el procedimiento a seguir para la modificación del nombre legal en todos los documentos oficiales expedidos por la ULPGC.
De esta manera, la ULPGC como institución pública asegura que todas las personas que integran la comunidad universitaria disfruten de un entorno de trabajo y estudio en el que su dignidad, su intimidad, y su integridad física y moral sean respetadas, sin que la diversidad de género sea motivo de discriminación alguna.
Este Protocolo será de aplicación a toda la comunidad universitaria de la ULPGC: estudiantes, personal docente e investigador y personal de administración y servicios.
Asimismo, la ULPGC impulsará acciones de sensibilización y formación y medidas de apoyo a la investigación, dirigidas a la comunidad universitaria para promover el respeto y garantizar la protección del derecho a la libre autodeterminación de la identidad y expresión de género.
El Protocolo señala que el alumnado y el personal de la ULPGC tienen derecho a mostrar los rasgos distintivos de la personalidad que suponga el cambio y la evolución de su proceso de identidad y expresión de género, debiéndose respetar su imagen física, la elección de su indumentaria y el acceso y uso de las instalaciones universitarias conforme a su identidad y expresión de género. Se promoverá que, en la medida de lo posible, exista en cada edificio de la ULPGC, al menos un baño unisex.
Será aplicable el Protocolo para la Detección, Prevención y Actuación en los Supuestos de Acoso Sexual y por Razón de Sexo-Género para todos los casos en los que exista constancia de violencia por LGTBI-fobia y las situaciones discriminatorias por razón de diversidad sexual.